CONTRATO DE TRABAJO.
Llegado el momento de
formalizar la relación laboral con tu futura empresa, es importante que
conozcas los derechos y deberes asociados al
contrato de trabajo que te ofrecen.
Estudia cada elemento y
comprueba que las condiciones fijadas están en línea con tus
aspiraciones y con el escenario que te habían propuesto en el proceso de
selección.
Recuerda que un contrato
de trabajo es un acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se
obliga a prestar determinados servicios por cuenta del
empresario y bajo su dirección, a cambio de una retribución.
Su duración puede ser
indefinida (contrato fijo) o determinada (contrato temporal). Las normas que
regulan cada tipo de contrato temporal establecen, por su parte, cuál es la
duración mínima y máxima de cada contrato.
TIPOS DE CONTRATO:
En general, las empresas
que ofrecen prácticas y ofertas de primer empleo a universitarios y
recién licenciados proponen principalmente alguna de las siguientes
modalidades:
1. Contrato formativo: para la formación o en
prácticas.
2. Contrato indefinido.
3. Contrato a tiempo parcial (indefinido o
temporal).
4. Contratos de duración determinada: por obra o
servicio; por circunstancias de la producción o por interinidad.
5. Contratos para personas con discapacidad.
6. Contratos para investigación.
7. Otras modalidades.
NEGOCIACIÓN COLECTIVA.
SE PUEDE
DEFINIR COMO UN PROCESO EN EL QUE DOS O MÁS PARTES ESTABLECEN UNA RELACIÓN, MÁS
O MENOS COOPERATIVA, CON EL PROPÓSITO DE ACERCAR POSICIONES, EN VIRTUD DE UN
TEMA O PROBLEMA DETERMINADO, CON INTERÉS EN CONVENIR UNA SOLUCIÓN A TRAVÉS DEL
MEJOR ACUERDO POSIBLE.



















